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FACTURACION ELECTRONICA EN LA LEGISLACIÓN DOMINICANA

Actualizado: 1 ene


En Latinoamérica, la facturación electrónica ha sido un éxito tanto para las entidades gubernamentales como para los contribuyentes, desde 2020 en la República Dominicana, a través de la Norma General 01-2020; la DGII  (Dirección General de Impuestos Internos) informó cómo se emitirá y usaría este modelo de facturación electrónica.


En ese sentido, la facturación electrónica aún se encuentra en proceso de mejoras y evolución, en la primera fase del proyecto no es obligatorio que todas las empresa de los diferentes sectores económicos a que se acojan al sistema E-CF, aunque para 2025 la DGII tiene proyectado que sea obligatorio para todos los contribuyentes.


FACTURACION ELECTRONICA EN LA LEGISLACIÓN DOMINICANA
FACTURACION ELECTRONICA EN LA LEGISLACIÓN DOMINICANA

COMPROBANTE FISCAL ELECTRÓNICO (E-CF)

facturacion electronica

La factura electrónica es el documento probatorio de un intercambio de un bien o servicio, que además tiene validez fiscal. Es la versión digital de un comprobante fiscal físico que anteriormente debía imprimirse y enviarse por correo, y que ahora se emitirá y firmará electrónicamente.


REQUISITOS PARA EMITIR e-CF


  • Tener el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.

  • Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.

  • Estar al día con las obligaciones tributarias y deberes formales.

  • Completar el Formulario de Solicitud de Autorización.

  • Contar con un certificado digital de persona física.

  • Cumplir con las exigencias técnicas que la DGII dispone.

  • Aprobar el proceso de certificación a los fines de inicio de emisión de los e-CF.

  • Encontrarse al día con las disposiciones de la Norma General núm. 06-2018 sobre Comprobantes Fiscales.


Los contribuyentes autorizados a emitir e-CF que cumplan con los requisitos establecidos en el de la presente Norma General, deberán solicitar los números de e-CF a través de la Oficina  (OFV) y cumplir con las disposiciones establecidas por la DGII a tales fines. 


PROCESO Y DINÁMICA DE LA FACTURACIÓN e-CF


Esta modalidad usa comprobantes fiscales electrónicos, los cuales son enviados a la DGII y al comprador de forma digital. 


Los comprobantes tienen la misma validez  legal que las facturas físicas, pero con la diferencia de que son más seguros y garantizan la integridad de la información.


Emisión

  • El primer paso es validar la identidad del emisor mediante el uso del certificado digital.

  • Posteriormente, se envía el comprobante físico eléctrico (e-CF) a la DGII.

  • La DGII responde entregando un Número de Respuesta (trackID), con el cual el emisor del comprobante físico eléctrico (e-CF) podrá consultar el estado del documento y enviar al receptor electrónico.

  • Finalmente el comprobante físico eléctrico (e-CF) es validado por la DGII y puede resultar aceptado, aceptado condicional, rechazado o en proceso.


Recepción

  • Todo emisor electrónico es también receptor electrónico y recibe de manera digital los comprobantes fiscales, de acuerdo con las disposiciones establecidas por la DGII.

  • El receptor electrónico notifica que ha recibido recibo el comprobante físico eléctrico (e-CF) al emisor electrónico y da su conformidad a este último, mediante la Aprobación Comercial.


PROYECCIÓN DE OBLIGATORIEDAD DEL USO DE E-CF


- Contribuyentes grandes nacionales: De enero a diciembre de 2023

- Contribuyentes grandes locales y Medianos: De enero a diciembre de 2024

- Contribuyentes pequeños, micro y no clasificados: A partir de enero 2025



FIRMA DIGITAL


Es un sistema de firma digital con carácter legal que permite al usuario realizar cualquier transacción económica o jurídica sin la necesidad de ser presencial. Este sistema valida cualquier documento con la firma del usuario desde cualquier plataforma electrónica y hace en minutos lo que antes tomaba horas.


TIEMPO

Diez (10)  días hábiles es el tiempo del proceso para contar con la E-CF activa para iniciar la facturación electrónica en la plataforma.



Referencias:

L​ey No. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.​
Norma General 05-14 sobre Uso de Medios Telemáticos de la DGII.
Decreto 254-06 para la Regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales.
Norma General 06-18​ sobre Com​probantes Fiscales.
Norma General 05-19​ sobre Tipos de Comprobantes Fiscales Especiales.
Aviso 24-19, sobre la Estructura y Tipos de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF).
Norma General 01-20​​, que regula la emisión y el uso de los Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) en el proceso de Facturación Electrónica.
Resolución Núm. 035-2020​, que Dicta la Norma de Aplicación de la Ley Núm. 126-02 Sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales a los Procedimientos Tributarios.​​​
Norma General 10-21, que establece el procedimiento para la certificación de Proveedores para Servicios de Facturación Electrónica. 

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